EXTRANJERÍA
DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR LA NACIONALIDAD
✔ ORIGINAL O COPIA DEL PASAPORTE.
✔ FOTOGRAFÍA ACTUAL EN COLOR Y FONDO BLANCO.
✔ IMPRESO DE SOLICITUD.
✔ CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO. SI SE HA CAMBIADO DE DOMICILIO
✔ LLEVAR EL ORIGINAL DE LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJERO a renovar.
✔ ABONO DE LA TASA. Para la renovación del permiso de residencia de larga duración o de la tarjeta permanente.
✔ SOLICITAR CITA PREVIA. Para iniciar el trámite de huella para la expedición de tarjetas de identidad de extranjero.
✔ DOCUMENTACIÓN CON DOCUMENTOS ORIGINALES Y SU COPIA. Para iniciar el trámite de huella para la expedición de tarjetas de identidad de extranjero.
DESCARGUE FORMULARIO SOLICITUD
Puede remitir la documentación a gestoria@madridfincas.es
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
✔ ORIGINAL O COPIA DEL PASAPORTE.
✔ FOTOGRAFÍA ACTUAL EN COLOR Y FONDO BLANCO.
✔ MODELO SOLICITUD NORMALIZADO.
✔ TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO.
✔ PASAPORTE.
✔ CERTIFICADO DE NACIMIENTO.
✔ CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES.
✔ CERTIFICADO DE MATRIMONIO.
✔ JUSTIFICANTE DEL PAGO DE LA TASA.
✔ CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES DEL REGISTRO CENTRAL.
✔ CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO.
✔ DIPLOMAS DEL INSTITUTO CERVANTES DE LA PRUEBA CCSE DE CONOCIMIENTOS CONSTITUCIONALES Y SOCIOCULTURALES.
CASOS ESPECIFICOS
✔ MENORES DE 14 AÑOS O PERSONAS CON CAPACIDAD MODIFICADA JUDICIALMENTE:
1. Modelo de solicitud normalizado firmado por el representante legal.
2. Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido.
3. Pasaporte.
4. Justificante del pago de la tasa.
5. Autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor o de la persona con la capacidad modificada judicialmente, en los términos previstos en la normativa vigente.
6. Documento de identificación del representante o representantes legales.
7. Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración, obligatorio en el caso de niños en edad escolar.
8. Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
9. Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
✔ Mayores de 14 años pero menores de 18 años, no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente.
1. Modelo de solicitud normalizado
2. Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido.
3. Pasaporte.
4. Justificante del pago de la tasa.
5. Certificado de centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración.
Este certificado será obligatorio en solicitantes menores en edad escolar y siempre que el menor o la persona con la capacidad modificada judicialmente esté inscrita en alguno de estos centros.
6. Documento acreditativo de la representación legal.
Auto judicial donde se establezca la representación o documento de identificación de los padres en el caso de menores sujetos a patria potestad.
7. Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
8. Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
Refugiados.
• Tarjeta de Identidad de extranjeros donde conste su condición de refugiado.
• Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951 (en caso de disponer del mismo).
• Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior (este certificado tendrá una validez de seis meses desde la fecha de su expedición) donde conste:
o Nombre y apellidos.
o Fecha y lugar de nacimiento.
o Nombres de los padres.
o Que mantiene su condición de refugiado.
Nacidos en territorio español.
• Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español.
Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de optar.
• Certificación de nacimiento del padre/madre español.
• Certificación literal de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil español o resolución judicial donde conste la adopción por español o el reconocimiento de la filiación.
Personas en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional.
En los casos de acogimiento familiar:
• Auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.
En los casos de acogimiento por Institución española:
• Resolución de dicha Institución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento.
Casado/a con español/a.
• Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por Registro civil español.
• Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil español.
• Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge.
Viudo/a de español/a.
• Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por Registro civil español.
• Certificación literal de matrimonio expedido por Registro civil español actualizado, esto es, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad.
• Certificación de defunción del cónyuge.
• Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Descendiente de español
• Certificación literal de nacimiento del padre/madre español.
• Certificación literal de nacimiento abuelo/abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes españoles. En este caso, deberá presentarse también la certificación de nacimiento del padre/madre descendiente de español, aunque él/ella haya sido o no español.
Sefardíes
• Documentación acreditativa de la condición de sefardí conforme a lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
TARJETA COMUNITARIA DE RESIDENCIA y TRABAJO
para Familiar de Ciudadano UE.
PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO
de larga duración.
Autorización de residencia de larga duración
por supuesto general de 5 años de residencia.
Autorización de Residencia para búsqueda de empleo
RENOVACIONES DE LA AUTORIZACIÓN TEMPORAL y de trabajo por cuenta propia y ajena.
RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA
por reagrupación familiar y de investigadores
SOLICITUD RESIDENCIA FAMILIAR CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA
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IMPRESO DE SOLICITUD EX-19.
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PASAPORTE COMPLETO válido y en vigor del familiar del ciudadano de la U.E.
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ACREDITACIÓN DEL VÍNCULO con el ciudadano de la U.E.
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En caso de pareja no registrada, tiene que aportar la documentación acreditativa de la relación estable y duradera durante al menos 1 año, o bien de la descendencia en común.
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En su caso, documentación acreditativa de la condición de familiar a cargo (dependencia económica), mediante los justificantes de envíos o remesas de dinero a nombre del familiar.
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D.N.I. o certificado de registro del ciudadano de la U.E. o del E.E.E.
ACREDITACIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS:
Si es trabajador por cuenta ajena:
Declaración de contratación por el empleador.
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Contrato de trabajo.
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Alta en la Seguridad Social.
Si es trabajador por cuenta propia:
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Inscripción censo de actividades económicas.
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Inscripción Registro Mercantil.
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Alta en la S.S.
Si no ejerce actividad laboral:
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Seguro médico público o privado contratado en España o en otro país que de cobertura en España;
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Medios económicos suficientes para él y para los miembros de su familia.
Si es estudiante: Matrícula en Centro de Enseñanza público o privada reconocido por la Administración:
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Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado.
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Podrá aportar tarjeta sanitaria europea.
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Declaración responsable de poseer recursos económicos suficientes para él y su familia durante el periodo de residencia.
SOLICITUD RESIDENCIA FAMILIAR PARA BUSQUEDA DE EMPLEO
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Ser titular de una AUTORIZACIÓN previa de ESTANCIA legal en España por Estudios.
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Estar en posesión del TÍTULO o resguardo de solicitud del TÍTULO por haber finalizado los estudios superiores.
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Obtener obligatoriamente como mínimo el Nivel 6 según establece el Marco Europeo de Cualificaciones.
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Certificado de Empadronamiento.
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Tener suscrito un seguro de salud privado, que cubra tanto la repatriación como la hospitalización.
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Mantener el nivel de recursos económicos suficientes para el sostenimiento personal y familiar en España mientras se está en búsqueda de empleo en este periodo de doce meses.
PLAZO
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El plazo de presentación es de 60 días naturales anteriores a la caducidad de la autorización por estudios, o bien en los 90 días siguientes a esta caducidad.
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Con la posibilidad de la apertura de un expediente sancionador por hacerlo tras la caducidad del permiso de residencia.
PLAZO RESOLUCIÓN
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El plazo para resolver la concesión favorable o desfavorable de esta solicitud de Residencia para la búsqueda de empleo, es de 20 días hábiles.
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Si no se resuelve y notifica en plazo, esta autorización de residencia por búsqueda de empleo se considera estimada por silencio administrativo positivo según normativa vigente.
PLAZO RESOLUCIÓN
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Con esta autorización de Residencia, no se está autorizado a trabajar en ningún momento es solo para buscar un empleo adecuado al nivel de estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.
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Si obtuviera oferta de trabajo, deberá solicitar ante el Organismo correspondiente de Extranjería, la autorización necesaria en materia de Extranjería, pudiendo trabajar una vez esté resuelta la solicitud de Residencia y Trabajo.
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Modelo EX01. El modelo de solicitud de esta autorización de residencia para la búsqueda de empleo es el EX01.
ABONO DE LA TASA
- Se realiza a través del modelo 790 - Código 026 y por un importe de 101,00€.