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CERTIFICADO DE NACIMIENTO

PRINCIPALES TRÁMITES

DONDE ES NECESARIO

  • Solicitud Primer D.N.I.

  • Pasaporte

  • Matrimonio

  • Ley de dependencia

  • Contratos en el Extranjero

  • Incapacidad

  • Solicitudes de pensión

  • Casos de separación

  • Herencias

  • Incorporación a un organismo oficial

  • Matriculaciones escolares

  • Otros procesos con la administración

ACTA LITERAL 

El acta literal es un documento oficial que emite el registro civil (o consulado),  y que da fe del nacimiento del inscrito.

DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR EL CERTIFICADO DE NACIMIENTO

Gestionamos Certificados de Nacimiento.

SOLICITUD FORMULARIO
gestoría@madridfincas.es

✔          ORIGINAL DNI o NIE en vigor del interesado.

✔          INDICAR EL NOMBRE Y APELLIDOS sobre la persona que solicita el certificado.

✔          INDICAR FECHA Y LUGAR sobre la persona que solicita el certificado.

✔          Es imprescindible conocer el Tomo y el Folio donde está inscrito el solicitante.

             El número se puede encontrar en el propio libro de familia.

EN LAS PARTIDAS SE DETALLA:

  • El Consulado o Registro civil de la inscripción del alumbramiento.

  • Los datos de identidad del recién nacido.

  • El tomo, folio y página dónde se encuentra dicho registro.

CONTENIDO DEL CERTIFICADO

✔ REGISTRO: indica término municipal y provincia, y en los consulares, de la población y estado.
✔ IDENTIDAD DEL INSCRITO: aparece en la inscripción.

✔ PÁGINA, TOMO DEL SIENTO Y FOLIO O LEGAJO.

✔ FECHA, NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL ENCARGADO O SECRETARIO

TIPOS DE CERTIFICADO

A) CERTIFICADO POSITIVO

✔ EXTRACTO: Es un resumen de la información relativa al hecho del nacimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de distintos tipos:

    - Ordinarios: En comunidades autónomas cuyo único idioma oficial sea el castellano.

    - Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976.

Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Suiza, Turquía, Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia, Serbia, Polonia, Montenegro, Moldavia, Lituania, Estonia, Rumanía y Bulgaria).

    - Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.

✔ LITERAL: Es una copia literal de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.

B) CERTIFICADO NEGATIVO:

Acreditan que una persona no está inscrita en ese Registro Civil

C) Certificación con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado:

Servirá para acreditar los datos contenidos en los asientos registrales informatizados y digitalizados de la base central de datos que se hayan practicado a partir del 1 de Enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el Registro Civil Central. 

Certificados de nacimiento

Gestoría -  CERTIFICADOS DE NACIMIENTO

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